En numerosos lugares, la Torá prohíbe a un judío pedir prestado, prestar o participar en una transacción que implique cobrar intereses a otro judío.1 El término hebreo que se utiliza generalmente es ribit, que significa aproximadamente “aumento”.
La prohibición del ribit es llamativa. Solo se aplica cuando ambas partes son judías, independientemente de su riqueza o pobreza. Sin embargo, a un judío se le permite pedir dinero prestado a un no judío y pagarle intereses, enriqueciéndolo así; y también se le permite prestar dinero a un no judío que lo solicite y cobrarle intereses, del mismo modo que los no judíos pueden prestarse dinero entre sí con intereses. ¿A qué se debe esta diferencia?
En lo que respecta a la prohibición del robo, el fraude y cosas similares, la Torá no distingue entre judíos y no judíos. Pero, a diferencia del robo y del fraude, no hay nada injusto ni deshonesto, en esencia, en cobrar o pagar intereses por un préstamo, ya que ambas partes aceptan conscientemente la transacción.
Tampoco es algo intrínsecamente perjudicial para la sociedad. Al contrario, los préstamos y los intereses son como los dos polos de la turbina que impulsa una economía sana. Cuando hay préstamos disponibles, los comerciantes pueden obtener mayores ganancias, los constructores pueden levantar edificios más grandes, los emprendedores pueden sacar nuevas ideas e inventos al mercado y las familias pueden vivir en mejores hogares.
Eso se traduce en mayor movilidad social, más empleos, más alimentos, más ropa, más tiempo libre y más opciones acerca de cómo quieres vivir.
Si no existiera el interés, casi no habría incentivos para otorgar estos préstamos. Al fin y al cabo, el dinero genera más dinero. Puedes invertirlo para obtener ganancias comprando y vendiendo, construyendo y alquilando. Entonces ¿por qué habría de estar prohibido cobrar una comisión mientras tu dinero permanece inactivo, perdiendo así una posible ganancia?
Los préstamos con intereses benefician tanto a los prestamistas como a los prestatarios.
Sin embargo, entre judíos, los préstamos, incluso con el interés más mínimo, están prohibidos, independientemente de la riqueza o pobreza de cada parte o del destino del dinero. Un judío que desee invertir en el proyecto financiero de otro judío solo puede hacerlo mediante algún tipo de sociedad (denominada en la ley judía heter iska, que abordaremos más adelante).
Entonces, ¿por qué está prohibido?
Si miramos las cosas de este modo, la pregunta se invierte: si no hay nada intrínsecamente malo en el interés, ¿por qué la Torá prohíbe esta práctica entre judíos?
Es cierto que hay muchos casos en los que las tasas de interés desmedidas pueden arruinar por completo a una familia. Pero la Torá podría simplemente establecer pautas que indiquen cuándo no se pueden cobrar intereses y fijar tasas razonables para los casos en que sí sería justo hacerlo. De hecho, respecto a la venta de mercancías, la Torá prohíbe márgenes de ganancia exorbitantes en productos básicos.2 ¿Por qué no hacer lo mismo aquí? ¿Por qué prohibir el interés por completo?
Tanto Rambán (Rabino Moshe ben Najmán, siglo XIII) como el Rabino Don Itzjak Abarbanel (siglo XV)3 coinciden en que, mientras las tasas sean razonables, no hay nada moralmente incorrecto en el ribit.4
Explican que la razón por la que la Torá prohíbe el ribit entre judíos es que el prójimo judío es, en esencia, familia. Simplemente no es apropiado que los miembros de una misma familia se ayuden unos a otros con ánimo de lucro. La nación judía debe comportarse como una unidad cohesionada, como un solo organismo, donde cada uno se preocupe por el bien del otro tanto como por el propio.
Por otro lado, tampoco es práctico tratar a todo el mundo como si fuera tu familia inmediata, especialmente cuando no comparten las mismas leyes que tú. Si lo hicieras, pronto te quedarías sin recursos.
Así, aunque aceptamos la prohibición de la Torá de cobrar intereses a nuestros compatriotas judíos, no sería prudente ni útil extenderla a todas las personas. La Torá nos convierte, por así decirlo, en un organismo sano que nada entre muchos otros en un gran estanque, buscando su propio equilibrio ecológico.
¿Cómo hacen negocios los judíos sin préstamos?
Cuando el comercio fue creciendo y las inversiones se volvieron parte habitual de la vida económica, los rabinos establecieron pautas para las sociedades. Esta es la heter iska mencionada antes. Una persona aporta el capital, mientras que la otra se ocupa de la actividad comercial y genera ganancia, que ambos comparten. Los sabios fijaron términos definidos para estas sociedades, tanto para distinguirlas del ribit como para garantizar que se llevaran a cabo de manera justa y equitativa para ambas partes.
Hasta el día de hoy, la heter iska se utiliza de manera generalizada, especialmente en Israel. Es necesario consultar a una autoridad rabínica competente para redactar el documento correspondiente entre las partes.
Con todo, la institución de los préstamos sin interés siempre ha florecido en las comunidades judías. En todas las grandes comunidades judías, y en la mayoría de las pequeñas, ha existido tradicionalmente una sociedad de préstamos gratuitos que ofrece préstamos sin intereses a quienes cumplen con los requisitos. De esta forma, todos los miembros de la comunidad pueden colaborar en una gran mitzvá que, a la larga, beneficia a todos.
De hecho, Maimónides menciona el préstamo sin intereses como una de las formas más elevadas de caridad, junto con proporcionar trabajo a una persona o asociarse con ella en un negocio, ya que esto preserva la dignidad del prestatario y le permite volver a sostenerse por sí mismo.5
Algunas leyes sobre el interés
Las leyes de ribit son extensas y complejas. Aquí solo mencionamos algunos puntos:
- Ribit no se aplica únicamente a préstamos formales; se aplica siempre que se paga más que la deuda real. Por lo tanto, también puede aplicarse a cuestiones como el alquiler o ciertas formas de compraventa.6
- En muchos casos, ribit puede intervenir en las “ofertas anticipadas”. Esto se debe a que el comprador paga menos por haber adelantado el dinero al vendedor antes de que se concrete la venta: es similar a una deuda que el vendedor tiene con él, y luego le está dando más (por ejemplo, un descuento especial) de lo que recibe. (Para más información, véase el análisis halájico sobre si las ofertas anticipadas son “kóshers”.)
- Aun cuando ambas partes estén plenamente de acuerdo (e incluso si el dinero ya fue prestado), sigue estando prohibido pagar ribit.
- Ribit no se limita al dinero: también se aplica a préstamos y devoluciones en especie. Por ejemplo, pedirle a tu vecina unos huevos y devolverle una docena sería problemático.7
- Mientras el préstamo siga vigente, el prestatario tiene prohibido hacer al prestamista favores que, de otro modo, no le haría.8
Redención en mérito de los préstamos sin interés
La propia Torá menciona la prohibición del ribit como una de las razones por las que Di-s nos sacó de Egipto.9 El Rabino Iehuda Loewe, conocido como el Maharal de Praga, explica que Di-s desea la unidad de la nación judía, y que con este propósito nos redimió de Egipto y nos dio la tierra de Israel.10
Cuando las personas se ayudan unas a otras, se unen a través de ese acto de bondad. Quien cobra interés actúa en sentido opuesto: se aprovecha de la desgracia de su prójimo para enriquecerse. Por esta razón, a lo largo de las generaciones, los judíos han respetado con gran cuidado la prohibición del ribit, y las comunidades suelen organizar fondos de préstamos sin interés.
En mérito de esta unidad judía no solo fuimos redimidos de Egipto, sino que también mereceremos la redención final. ¡Que sea pronto en nuestros días!

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